REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL CON SEDE EN GUASDUALITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR
TRIBUNAL MILITAR DECIMO CUARTO DE CONTROL
CON SEDE EN GUASDUALITO, ESTADO APURE

GUASDUALITO, 03 DE AGOSTO DE 2016
206º Y 157º


INVESTIGACION FISCAL N° FM53-028-2016.-

Visto el escrito, presentado por el PRIMER TENIENTE JOSE GREGORIO RANGEL, en su carácter de Fiscal Militar Quincuagésimo Tercero de Guasdualito, Estado Apure, solicita autorización para realizar EXPERTICIA DE VACIADO DE VIDEOS E IMÁGENES, a la siguiente evidencia física: UN TELEFONO CELULAR, MARCA ZTE, MODELO BLADE APEX2, IMEI 862191024568101, S/N 321435407CD, COLOR BLANCO CON NEGRO, MEMORIA EXTERNA DE 4GB, por medio del cual se grabaron videos relacionados con los presuntos hechos ocurridos el día 31 de Julio del 2016, en el puesto de control fijo del kilómetro 30 de la Charca, Estado Apure, donde fue aprehendido en Flagrancia el ciudadano EDWIN JESUS GELVEZ PABON, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.986.095, por la presunta comisión del Delito Militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, más las circunstancias agravantes previstas en el artículo 402, numeral 15 y 16 del Código Orgánico de Justicia Militar, esa representación del Ministerio Publico fundamenta su solicitud en la búsqueda de la verdad, a los fines de inculpar o exculpar al imputado ut supra, así como el corto tiempo de la fase preparatoria; y para llevar a cabo tal diligencia solicita sean designados a funcionarios y/o expertos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de esta jurisdicción, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde se garantiza el secreto y la inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas. Este Tribunal observa:
La referida solicitud se fundamenta, en la necesidad Que existe por parte del Ministerio Publico de estudiar los videos relacionados con los presuntos hechos ocurridos el día 31 de Julio del 2016, en el puesto de control fijo del kilómetro 30 de la Charca, y del análisis de los mismos y concebir la certeza del caso, a los fines de inculpar o exculpar al imputado EDWIN JESUS GELVEZ PABON, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.986.095, en la presunta comisión del Delito Militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.