REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, uno (01) de Abril de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-436

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana MARYORI COROMOTO QUERALES QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 15.351.636, asistida por la Abg. MELAINE REVEROL, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 173.514 y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante, antes identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un terreno ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la ciudadana MARYORI COROMOTO QUERALES QUINTERO, venezolana, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase a la parte interesada.-
La Juez Provisoria, La Secretaria,


Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS


DPB-CNV-MM