REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, uno (01) de Abril de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º


ASUNTO: KP02-S-2015-10898

Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos YUSDELI CAROLINA USECHE y ALEXANDER PASTOR MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titular de las Cédulas de Identidad No. V-17.380.726 y 14.352.681, respectivamente, asistidos por el Abg. FRANKLIN PARRA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 153298y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes, antes identificados, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un terreno ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos YUSDELI CAROLINA USECHE y ALEXANDER PASTOR MENDOZA, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase a la parte interesada-
La Juez Provisoria, La Secretaria,


Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS
DPB-CNV-MM