REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de abril de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : KP02-F-2015-000128
Se inició el presente procedimiento de SEPARACION DE CUERPOS mediante libelo de demanda interpuesto por los ciudadanos ORLANDO ALI RODRIGUEZ TUA Y ANNY CECILENY ROSENDO OROZCO, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° 19.263.896 y 19.727.002, asistido por la abogada en ejercicio AMENAIRA DEL VALLE inscrita en el IPSA bajo el N° 45.750.
Admitida la demanda en fecha 11-02-2015. Posteriormente en fecha 24-10-2012 comparecen los ciudadanos ORLANDO ALI RODRIGUEZ TUA Y ANNY CECILENY ROSENDO OROZCO asistido por la abogada en ejercicio AMENAIRA DEL VALLE inscrita en el IPSA bajo el N° 45.750, quienes desisten del presente procedimiento.
Ahora bien, observa el Tribunal que el Código de Procedimiento Civil en su Artículo 263, establece que “en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella” y que “el Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”, por lo que encontrándose la presente causa en estado de intimación, no queda más que homologar el desistimiento efectuado por la parte actora, y así se decide.
En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO efectuado en la presente Solicitud interpuesta por los ciudadanos ORLANDO ALI RODRIGUEZ TUA Y ANNY CECILENY ROSENDO OROZCO, identificados en la narrativa de este fallo. En consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se da por terminado la presente Solicitud.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de abril el año dos mil once (2.015). Años: 205° y 157°.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. BELEN BEATRIZ DAN
LA SECRETARIA
ABG. LILIANA SANTELIZ
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