REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Edo. Lara

Barquisimeto, 01 de Abril de 2016
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-S-2012-3(...)0
REVISION DE MEDIDA
(Solicitud negada))
En fecha 31-03-2016, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio N° 1 del Estado Lara, recibe escrito suscrito por la ciudadana María Rodríguez, titular de la cédula de identidad n° (...), (...), la cual actuando con el carácter de madre del acusado en la presente causa del ciudadano ZAPATA RODRIGUEZ DEIVIS JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-(...). Revisión del sistema JURIS 2000, presenta otra causa KJ01-P-2011-000017, JUICIO Nª 1, mediante el cual solicita la Revisión de la Medida Judicial Preventiva de la Privativa de Libertad, que pesa en contra de dichos ciudadano, desde el 13 de Agosto de 2012, fecha en que fue realizada la audiencia presentación, en el procedimiento que se lleva en su contra por la presunta comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo (...) de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la agravante establecida en el 65 numeral 3ro ejusdem y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,.
La solicitante requiere se acuerde se de libertad al acusado de autos, por cuanto ni ella ni su esposo trabajan, la misma se encuentra embarazada de alto riesgo y por cuanto el acusado presenta problemas de salud.
Analizados los planteamientos señalados por solicitante, de solicitud de revisión de medida, esta juzgadora considera la misma improcedente, ello en virtud que en criterio de quien decide, las circunstancias alegadas, no son motivos suficientes para sustituir la medida de coerción personal impuestas al ciudadano ZAPATA RODRIGUEZ DEIVIS JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-(...), por considerar este tribunal que siguen inalterables los extremos para la imposición y mantenimiento de la Medida Judicial Preventiva de la Privativa de Libertad que pesa contra el mismo y dada la entidad del delito calificado por la representación fiscal, por lo que esta juzgadora estima que la misma debe mantenerse, cumpliéndose así con lo previsto en los artículos 236, 237 y 250 del mismo texto, y así se decide.
DISPOSITIVA
En mérito de lo expuesto, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio N° 1 del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Sin Lugar la solicitud en la presente causa respecto del ciudadano ZAPATA RODRIGUEZ DEIVIS JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-(...), por cuanto no han variado las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la medida judicial preventiva de la privativa de libertad decretada en contra de dicho ciudadano en fecha 13 de Agosto de 2012, en la audiencia de presentación donde le fue imputado los delitos de (...), previsto y sancionado en el artículo (...) de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la agravante establecida en el 65 numeral 3ro ejusdem y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, (Precalificación Fiscal).
SEGUNDO: Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, con todos sus efectos, respecto del ciudadano ZAPATA RODRIGUEZ DEIVIS JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-(...), a tenor de lo dispuesto en los artículos 236 y 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Notifíquese a la solicitante, de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sede de este Despacho en fecha 01 de Abril de 2016. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.-
La Jueza de Juicio Nº 01
La Secretaria
Abg. Neddibell Giménez Jiménez
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-S-2012-3(...)0