REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 20 DE OCTUBRE DEL 2.015
AÑOS: 204º Y 155º.-
COMPETENCIA CIVIL
Visto el Desistimiento del Procedimiento y de la Acción contenido en diligencia de fecha 14 de Octubre del presente año, suscrita por una parte el ciudadano JESUS CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.532.563, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSE VALECILLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.609, parte demandante, y por otra parte la ciudadana ALISSON BRUCES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.536.860, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 124.642, en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil HELADOS CALI, C.A., plenamente identificada en autos, parte demandada en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y SUBSIDIARIAMENTE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, presentada por el ciudadano JESUS CARABALLO, contra la Sociedad Mercantil HELADOS CALI, C.A., y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26, 40 ordinal 1ro, 253, 257 de la Constitución Nacional y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara terminado el presente proceso.
Publíquese y Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PROV.,


ABG. JOSE SARACHE MARIN

EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos horas de la tarde (2:00 p.m.)
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO


JSM/jc/judith
EXP. N° 43.904