REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE
205º Y 156º

ASUNTO: KH06-A-1993-000008

Visto el escrito presentado por la abogada RUSDALIA GALAVIZ MENDEZ, inscrita bajo el inpreabogado N° 92.427, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, que riela a los folios (1472 y 1473) en el cual expone lo siguiente:
“….Solicito a este tribunal se sirva decretar la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado EN QUE SE ORDENE ABRIR LA ARTICULACIÓN PROBATORIA Y SE NOS EMPLACE PARA CONTESTAR LA PRETENSIÓN DE LA OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN FORZOSA CON ESTRICTO APEGO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 607 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL…”.

Este Tribunal una vez verificados los nuevos hechos reflejados en las inspecciones realizadas en fecha veintinueve (29) de octubre de 2015 y nueve (09) de noviembre de 2015, considera la necesidad de esclarecer la situación actual que se presenta en el lote de terreno ubicado en el Sector El Palaciero, vía la Quebradita, Parroquia José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, cuyos linderos son: NORTE: terrenos propiedad de los Hermanos Guedez González, SUR: terrenos propiedad del Instituto Agrario Nacional, ESTE: Hacienda Rio Abajo y OESTE: cerro El Peñero y un lote de terreno propiedad de Henry Crito con una superficie de cien (100) hectáreas aproximadamente, en consecuencia de conformidad con el artículo 232 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece que toda incidencia que surja durante la ejecución de sentencia se tramitará y resolverá mediante el procedimiento establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil; se ordena la apertura de la Articulación Probatoria a que se contrae el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil.

El Juez,
La Secretaria,

Abg. Alonso Barrios A.
Abg. Maryelis Duran
AEBA/MD/arl