REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP02-F-2015-001191
Vista la demanda presentada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE GONZALEZ PERDOMO, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº 9.546.952, asistido por el abogado Gips Mendoza, Inpreabogado Nº 242.924, en contra de la ciudadana MARIA JOSEFINA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.711.642; mediante la cual solicita la PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, pretensión ésta que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 177 de la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y al Adolescente corresponde su conocimiento a un Tribunal competente en materia de menores, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón de la materia; siendo el competente para ello el Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del estado Lara. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa al mencionado Juzgado.
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
La Secretaria acc,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
OERL/ihp.-
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