REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, VEINTE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE
205º Y 156º

ASUNTO: KP02-S-2015-000174

Este Tribunal en cumplimiento a la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario en fecha 28 de abril del 2015, la cual cursa a los folios 259 al 274, en la cual repuso la causa al estado de que este Tribunal se pronuncie sobre la admisión de las pruebas promovidas; en consecuencia, se procede a admitir las pruebas promovidas en fecha 02 de marzo del 2015, por el Abogado SANTIAGO JOSÉ BARAZARTE UZCATEGUI, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 35.489, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ROBERT ESTIVENSON REYES CORDERO, de conformidad con lo establecido en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, de la siguiente manera:
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES

1.- CARTA DE OCUPACIÓN, expedida por el Consejo Comunal Rastrojitos, a favor del ciudadano ROBERT ESTIVENSON REYES CORDERO (folio 27).
2.- INSPECCIÓN JUDICIAL evacuada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Crespo del Estado Lara, de fecha 12 de enero del 2015 (folios 28 al 49)
3.- CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO Y SOLICITUD DE DECLARATORIA DE GARANTÍA DE PERMANENCIA No. de Solicitud CIRA 1130004994N, No. expediente 13/789/DGP/2015/1130004992 de fecha 16 de enero 2015 (folio 54)
4.- DOCUMENTO DE RECONOCIMIENTO DE FIRMA (Folios 55 al 90)
5.- MARCADO CON LA LETRA “A”, INFORME TÉCNICO DEL POZO ubicado en la Finca Casa Blanca elaborada por la empresa Limpieza y Servicios Múltiples de Pozos Profundos J&J C.A. (folio 127)
6.- MARCADO CON LA LETRA “B” NOTA DE SERVICIO practicado al pozo por parte de la empresa Limpieza y Servicios Múltiples de Pozos Profundos J&J C.A. (folio 128)
7.- MARCADO CON LA LETRA “C”, factura No. 000153 de fecha 09/12/2014 de compra realizada por Robert Reyes de materiales eléctricos, utilizados para el equipamiento del pozo. (folio 129).
8.- MARCADO CON LA LETRA “D”, factura No 0142 de fecha 03/02/2015 compra de equipo sumergible motor (folio 130).
9.- MARCADO CON LA LETRA “E”, factura No 000046 de fecha 03/02/2015 por servicios realizados al pozo de Casa Blanca pagados por Robert Reyes. (folio 131).
10.- MARCADO CON LA LETRA “F”, Constancia de Productor Agropecuario expedida por el Ministerio de Agricultura y Tierras (folio 132).
11.- MARCADO CON LA LETRA “G”, factura No 0524 Agroplantulas Inverwil C.A.(folio 133).
12.- MARCADO CON LA LETRA “H”, factura No 0525 Agroplantulas Inverwil C.A.(folio 134).
En consecuencia, este Tribunal las admite a sustanciación cuanto ha lugar en derecho, dejando a salvo su apreciación en la definitiva.

DE LAS PRUEBAS DE INFORMES

Solicita se oficie al SERVICIO AUTONOMO DE SANIDAD ANIMAL (SASA) adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MAT- LARA), a los fines de que informe si la Granja Porcina Las Vegas, ha tenido en el Primer Trimestre de este año un alto índice de mortalidad a causa de deshidratación no pandémica.
Al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y HÁBITAT LARA (coordinación de cuencas), a los fines de que informe si un pozo con caudal de cuatro litros por segundo, cuántas hectáreas pueden servirse de riego respetando el ciclo hidrológico y recuperación del pozo.
Al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS LARA (ORT), a los fines de que informe sobre la cantidad de hectáreas cultivadas o en proceso de siembra del lote de terreno identificado con el certificado de inscripción CIRA 1130004994N, No. expediente 13/789/DGP/2015/1130004992 de fecha 16 de enero 2015, e informen la capacidad de riego aportada por el pozo ubicado en la Finca Casa Blanca.
Al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES AGRÍCOLAS, a los fines de que informe si el ciudadano ROBERT REYES ha realizado estudios de agua del pozo ubicado en su granja Casa Blanca, y de ser ciertos enviar dichos análisis.
Respecto a la prueba de informes, este Tribunal las admite a sustanciación cuanto ha lugar en derecho dejando a salvo su apreciación en la definitiva.

DE LA PRUEBA TESTIMONIAL

Promueve la testimonial de los ciudadanos BLANCA ARRIECHI, cédula de identidad No. 13.034.357; RITA GINA PÉREZ, Viuda de Paredes cédula de identidad No. 7.413.218; JEFERSON MUJICA, cédula de identidad No. 16.265.906, en su condición de presidente de la empresa LIMPIEZA Y SERVICIOS DE POZOS PROFUNDOS J&J C.A.
En consecuencia, este Tribunal, las admite a sustanciación cuanto ha lugar en derecho dejando a salvo su apreciación en la definitiva. Se fija el día LUNES 25 DE MAYO DEL 2015, a las 9:00, 9:30 y 10:00 de la mañana para oír la declaración de los ciudadanos antes señalados.

DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL
Solicita el traslado del Tribunal al Sector Montes de Oca, caserío Rastrojito, kilómetro 20, finca Casa Blanca vía Duaca Municipio Crespo del estado Lara.
DE LA EXPERTICIA
Solicita se oficie al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente y Hábitat, a los fines de nombrar experto que avalúe el volumen, uso y recuperación del pozo, ubicado en el Sector Montes de Oca, caserío Rastrojito, kilómetro 20, finca Casa Blanca.
Respecto a la prueba de inspección Judicial y la prueba de experticia, este Tribunal las admite a sustanciación cuanto ha lugar en derecho dejando a salvo su apreciación en la definitiva.

El Juez,

Abg. Alonso E. Barrios A.
La Secretaria,
Abg. Maryelis D. Duran R.

AEBA/MD/hc