REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de mayo de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : KP02-T-2013-000063

PARTE ACTORA: ISMEIRA LUCENA y MARIA ALEJANDRA CARUCI LUCENA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.359.228 y 19.572.572, respectivamente y ambas de este domicilio.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ALEXANDER GODOY JUAREZ y RAMON JOSE BARCOS, Inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 104.053 y 104.081 respectivamente y de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSE TORREALBA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.008.210, en su carácter de conductor del vehículo que ocasionó del accidente de Tránsito, y el ciudadano YOKSER JOSUE TERAN, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.637.154, en su condición de propietario del vehiculo y contra la Empresa Aseguradora SEGUROS MERCANTIL C.A.;

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyó.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN EN JUICIO DE DAÑOS Y PERJUCIOS DERIVADOS DEL JUICIO DE TRANSITO.

Quien suscribe, la Juez Temporal, Marlyn Emilia Rodrigues Pérez, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Se inició el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, derivados de Accidente de Tránsito, intentada por las ciudadanas ISMEIRA LUCENA y MARIA ALEJANDRA CARUCI LUCENA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.359.228 y 19.572.572, ambas de este domicilio, asistidas por los abogados ALEXANDER GODOY JUAREZ y RAMON JOSE BARCOS, Inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 104.053 y 104.081 respectivamente, contra el ciudadano ANTONIO JOSE TORREALBA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.008.210, en su carácter de conductor del vehículo que ocasionó del accidente de Tránsito, el ciudadano YOKSER JOSUE TERAN, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.637.154, en su condición de propietario del vehículo y contra la Empresa Aseguradora SEGUROS MERCANTIL C.A. . En fecha 10/12/2013 el Tribunal dictó auto admitiendo la presente demanda (f. 179). En fecha 12/12/2013, el Tribunal dicto auto instando al interesado que indicara quien es el representante legal de dicho empresa (f. 180). En fecha 17/01/2014 la Juez Temporal, se avoco al conocimiento de la causa. (f.182). En fecha 17/01/2014, se dicto auto acordando librar compulsas de citación (f. 183).
De lo antes expuesto este Tribunal trae a colación lo siguiente.

El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.

En el presente caso, se observa que desde el día 17/01/2014, fecha en que se dicto auto acordando librar compulsas de citación (f. 183) , hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, derivados de Accidente de Tránsito, intentada por las ciudadanas ISMEIRA LUCENA y MARIA ALEJANDRA CARUCI LUCENA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.359.228 y 19.572.572, ambas de este domicilio, asistidas por los abogados ALEXANDER GODOY JUAREZ y RAMON JOSE BARCOS, Inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 104.053 y 104.081 respectivamente, contra el ciudadano ANTONIO JOSE TORREALBA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.008.210, en su carácter de conductor del vehículo que ocasionó del accidente de Tránsito, el ciudadano YOKSER JOSUE TERAN, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.637.154, en su condición de propietario del vehículo y contra la Empresa Aseguradora SEGUROS MERCANTIL C.A.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto, veintiuno de mayo de dos mil quince. Años:205º y 156º
La Juez Temporal


MARLYN EMILIA RODRIGUES PÉREZ

La Secretaria Temporal

RAFAELA MILAGRO BARRETO

En la misma fecha se publicó siendo las 10:27 a.m. y se dejo copia de sentencia Nº163 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº 37
El Sec. Temp.-

MERP/mery