TRIBUNAL SEGUNDO DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
EXTENSION CIUDAD BOLIVAR
Ciudad Bolívar, 25 de Mayo de 2015
205º y 156º
ASUNTO: FP02-J-2015-000363
RESOLUCION Nº PJ0832015000397
SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Migdalia Josefina Rodríguez de Sarmiento.
Abogado: Liseth Grafe.
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: JUAN ANTONIO SARMIENTO CASTILLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.187.995, fallecido Ab-Intestato, el día 3 de Febrero del 2015, a sus hijos de nombres: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)y JEFFERSON ANDRES SARMIENTO RODRIGUEZ, los dos primeros menores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-28.739.463 y V-27.366.638, y el ultimo mayor de edad titular de la Cedula de Identidad Nº V-25.695.874, de once (11), diecisiete (17) y veinte (20) años de edad, y la ciudadana MIGDALIA JOSEFINA RODRIGUEZ TERAN, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.725.182. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
LA JUEZ (2º) DE MEDIACION Y SUTANCIACION (TEMPORAL)
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO
LA (EL) SECRETARIA (O)
ABG. NEILA BRIZUELA
En esta fecha, se registró y publicó la anterior decisión y se dio cumplimiento a lo ordenado en la misma. CONSTE.
LA (EL) SECRETARIA (O)
ABG. NEILA BRIZUELA
VJB/Shiderlly Inagas.-
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