REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, cinco (05) de mayo de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KP12-V-2012-000244

DEMANDANTE: Magaly Josefina Rivero de Carrasco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.193.388.

BENEFICIARIA: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).

Motivo: Colocación Familiar.

En fecha veinte (20) de julio de 2012, este juzgado dictó medida de colocación familiar, a favor de los adolescentes (Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la L.O.P.N.N.A.) en la persona de la ciudadana Magaly Josefina Rivero de Carrasco, titular de la cédula de identidad Nº V-4.193.388, ordenándose los respectivos seguimientos de conformidad con la norma del articulo 397-C de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende que la beneficiaria Edymar Yackelin Carrasco Hernández, cumplió la mayoría de edad, tal como consta en la copia de la partida de nacimiento que corre inserta al folio cinco (05) de autos, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento, solo respecto a la referida ciudadana. Así se decide.

DECISIÓN

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se da por Terminada la medida de colocación familiar, dictada mediante auto de admisión de fecha 20 de julio de 2.012, solo en lo que respecta a la ciudadana Edymar Yackelin Carrasco Hernández, por cuanto la misma cumplió su mayoridad. Continúense realizando los informes de seguimientos respecto a la adolescente (Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la L.O.P.N.N.A.).

Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia para el archivo.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, cinco (05) de mayo de 2015. Año 205º y 156º.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION

Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 218 - 2.015 siendo las 11:14 a.m.


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KP12-V-2012-000244