REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2014-000992

PARTE ACTORA: CARMEN LEON, Cédula de Identidad Nro. V- 10.127.145.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 115.396.
PARTE DEMANDADA: FUNDACION ESCOLAR DEL ESTADO LARA (FUNDAESCOLAR).
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Hoy nueve (09) de marzo de dos mil quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM), día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil, LEONARDO DUDAMEL, se deja constancia de la presencia de la abogada MILAGROS FIGUEREDO, inscrita en el Inpreabogado N° 104.214, en representación de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO LARA, quien no consigna en este acto el instrumento poder que acredita su representación, pero le solicita al Tribunal lapso perentorio para tal fin. En este estado, visto el planteamiento de la apoderada de la Procuraduría General del Estado Lara, este Juzgado concede un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al día de hoy para que sea consignado en el expediente el instrumento que acredita la representación invocada por la mencionada abogada. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora y la demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.-


El Juez,

Abog. Francisco Merlo Villegas.
La Secretaria,
Abog. María Alejandra García.
Las partes comparecientes
El Alguacil