REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO : KP02-V-2014-001078

Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por la ciudadana MADELEIN YORLEIDI SUAREZ CACERES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.237.171, en su carácter de parte actora, asistida por el Abogado en ejercicio LUIS PEÑA, inscrito en el IPSA bajo el N° 127.434; éste Tribunal homologa el mismo. En consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Asimismo, acuerda devolver los originales solicitados, una vez consignados los fotostatos de los mismos, y se ordena el Archivo del presente expediente.


El Juez,


Abg. Hilarión A. Riera Ballestero

El Secretario,


Abg. Edgar J. Benítez C.