REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR


PUERTO ORDAZ, 16 DE MARZO DE 2.015
AÑOS: 204º Y 156º
Vista la solicitud de *DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS*, que encabeza las presentes actuaciones y sus recaudos que la acompañan, presentado por los ciudadanos LELIS RAFAEL ESPINOZA SANCHEZ y CELSA AUGUSTA ESPINOZCA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad nro. V- 4.299.469 y V-8.523.604 asistidos por el abogado en ejercicio MAYRA MARTINEZ DIAZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 81.564 . En fecha 11 de Febrero de 2.015 fue distribuida la presente solicitud, correspondiéndole al Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroni. Segundo Circuito. Circunscripción Judicial del Estado Bolivar, el conocimiento de la presente causa, de conformidad con el acta de esa misma fecha.
En fecha 18 de Febrero de 2.015 se le dio entrada a la SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y se ordenó su anotación en el Registro de Causa respectivo bajo el Nro. 14.999 , y se ADMITE por cuanto ha lugar en derecho, y se insta a los solicitantes a presentar los testigos para que declaren sobre los particulares señalados en el escrito de solicitud . Manifestó el solicitante que el ciudadano DARIO RAFAEL ESPINOZA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.467.713 , falleció AB-INTESTATO, el día 03 de Diciembre de 1.998 Barrio Los Sabanales , calle principal nro. 04-02 San Felix, Estado Bolívar.
Que la ciudadana ANGELA VICENTA SANCHEZ DE ESPINOZA , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.465.413 , falleció AB-INTESTATO, el día 23 de Octubre de 2.014 en la Urbanización Andres Bello , calle Principal nro. 04-02 San Felix, Estado Bolívar.
Copia Certificada del Acta de Defunción correspondiente al de cujus ciudadano DARIO RAFAEL ESPINOZA LOPEZ
Copia Certificada del Acta de Defunción correspondiente al de cujus ciudadana ANGELA VICENTA SANCHEZ DE ESPINOZA
Copia certificada del acta de matrimonio de los de Cujus ciudadano DARIO RAFAEL ESPINOZA LOPEZ y ANGELA VICENTA SANCHEZ DE ESPINOZA
Contancia de datos filiatorios expedidas por expedidos por el SAIME a los ciudadanos LELIS RAFAEL ESPINOZA SANCHEZ y CELSA AUGUSTA ESPINOZA SANCHEZ, hijos de los de cujus.
Copia Fotostática Simple de la Cédula de Identidad de los ciudadanos de los de cujus DARIO RAFAEL ESPINOZA LOPEZ y ANGELA VICENTA SANCHEZ DE ESPINOZA y de los ciudadanos : LELIS RAFAEL ESPINOZA SANCHEZ y CELSA AUGUSTA ESPINOZA SANCHEZ hijos del de cujus.
En fecha 03 de Marzo de 2.015 fueron evacuadas las testimoniales de los ciudadanos ROSA VIRGINIA CAMPOS DE BOTTINO y LISBETH DEL VALLE POOL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.958.185 y V- 14.953.548 respectivamente, en la presente solicitud.
Ahora bien vistos y analizados los recaudos que fueron acompañados al escrito a fines de demostrar sus pretensiones , asi como la declaracion de los testigos , esta Juzgadora le da pleno valor probatorio por tratarse de documentos publicos , asi como a las testimoniales por encontrarlos habiles y contestes. Y ASI SE DECIDE
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de los de cujus ciudadano DARIO RAFAEL ESPINOZA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.467.713 , falleció AB-INTESTATO, el día 03 de Diciembre de 1.998 Barrio Los Sabanales , calle principal nro. 04-02 San Felix, Estado Bolívar a consecuencia de CANCER DE COLON y de la de cujus ANGELA VICENTA SANCHEZ DE ESPINOZA , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.465.413 , falleció AB-INTESTATO, el día 23 de Octubre de 2.014 en la Urbanización Andres Bello , calle Principal nro. 04-02 San Felix, Estado Bolívar, a consecuencia de INSUFICIENCIA RENAL CRONICA , DIABETES MELLITUS 2, HIPERTENSION ARTERIAL a los ciudadanos LELIS RAFAEL ESPINOZA SANCHEZ y CELSA AUGUSTA ESPINOZA SANCHEZ , venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 4.299.469, V-8.523.604 respectivamente hijos de ambos de cujus ampliamente identificados. Y ASI SE DECIDE .-
Se ordena expedir Copia Certificada de la presente decisión, y la devolución de los documentos originales cursantes en ella, de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, dieciséis de Marzo de dos mil quince . Años: 204º de la Independencia y 156º de la Federación.

LA JUEZA,

DRA. ANA MERCEDES VALLEE.,
EL SECRETARIO TEMPORAL ,

ABG. EVELIN MALAVE MARCANO .

En la misma fecha de hoy, siendo las 09:05 de la mañana, se deja constancia de haberse publicado y registrado la presente decisión.

EL SECRETARIO TEMPORAL ,

ABG. EVELIN MALAVE MARCANO .