REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, dos de junio dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP12-V-2015-000118.-
Demandante: Maryesther Lucrecia Aguilar Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.150.221, de este domicilio.
Abogado Asistente de la Parte Demandante:: Miguel Oropeza, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.934.068, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 133.247.
Demandado: José Antonio Piña Piña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.631.221, domiciliado en la Calle Reyes Vargas, frente al Calvario de la Población de Río Tocuyo, Parroquia Camacaro, Municipio Autónomo Torres del Estado Lara.
Abogado Asistente de la Parte Demandada: Aroldo Antonio Piña Gil, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V- 7.321.471, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 138.762.
Motivo: Sentencia Interlocutoria Por Homologación de Convenimiento.
Visto el convenimiento presentado en fecha 21/05/2015, por el Ciudadano José Antonio Piña Piña, asistido por el Abogado Aroldo Antonio Piña Gil, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 138.762, en el presente Juicio de Reconocimiento De Documento Privado, éste Tribunal le imparte su correspondiente homologación, en consecuencia, téngase la formula de auto-composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, y por consiguiente, téngase por reconocido en su contenido y firma el documento privado, cursante al folio Tres (03) de este expediente, en consecuencia se da por reconocido el documento. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Dos (02) días del mes de Junio de 2015. Años: 205° y 156°.
El Juez
Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria
Abg. Karla Andreina Segueri Álvarez
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 02/2015, de las Sentencias Interlocutorias con Fuerza Definitiva, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 03:15 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria
Abg. Karla Andreina Segueri Álvarez
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