REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP02-O-2015-000084

Vista la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el ciudadano ANTONIO LUIS TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.436.148, debidamente asistido por la abogada Maria Isabel Petit Torres, Inpreabogado Nº 104.044; en contra del ciudadano JOSE PASTOR ORDOÑEZ PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.867.094; pretensión ésta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde su conocimiento al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Lara, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón de la Materia.
En consecuencia, remítase la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Lara. Líbrese oficio.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los seis ( 06 ) día del mes de julio del año dos mil quince (2015). Años: 205° y 156°.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Antony Gilberto Prieto Ortiz
OERL/Ihp.-