REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP02-F-2014-000259

Revisadas como han sido las presentes actuaciones y siendo que en fecha 03/07/2015 era la oportunidad legal para que tenga lugar el ACTO DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, se deja constancia que la parte actora no compareció al referido acto. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO el presente proceso de DIVORCIO, intentado por la ciudadana MIGDALIA JOSEFINA FERNANDEZ DE TORRES, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 2.748.489, de este domicilio, contra el ciudadano JOSE FELIX TORRES ORTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 637.077. Déjese Copia.

La Juez Temporal,

Marlyn Emilia Rodrígues Pérez
La Secretaria Acc.,

Rafaela Milagro Barreto

En la misma fecha se publicó siendo las 09:37 a.m., y se dejo copia de la sentencia Nº 244 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº 15.-


La Sec. Acc.,

MERP/dmg