REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KP02-M-2015-000115

Revisadas como han sido las presentes actuaciones y vista la demanda de COBRO DE BOLIVARES, vía intimatoria, intentada por el ciudadano RAFAEL MANOLO PARRA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.302.601, de este domicilio, a través de su Endosatario en Procuración abogado HECTOR PRINCE MONTEZUMA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 114.816, contra el ciudadano AGUSTIN OSVALDO HERNANDEZ FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.307.933, de este domicilio; este Tribunal niega su admisión, por cuanto el instrumento fundamental de la acción, vale decir cheque, no se encuentra debidamente protestado, de tal manera que, en virtud de esta situación, quien Juzga, observa que no existe una prueba autentica reclamada en estrado, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.

La Juez Temporal,


MARLYN EMILIA RODRIGUES PÉREZ
La Secretaria Acc.,


RAFAELA MILAGRO BARRETO

En la misma fecha se publicó siendo las 08:40 a.m., y se dejo copia de la sentencia Nº 258 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº 02.-


La Sec. Acc.,

MERP/dmg