REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, siete de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KP12-S-2015-000363.-

SOLICITANTE: AURA MARINA FIGUEROA PEROZO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.637.064, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: JINNETTE SUSANA VASQUEZ LEAL, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº. 186.798.
OPOSITORA: BELICAR LOURDES ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 19.150.146 y de este domicilio.
ABOGADOA ASISTENTE DE LA PARTE OPOSITORA: ROSANNA INDAVE NIEVES, Abogada en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº. 126.120.
MOTIVO: SOBRESEIMIENTO A LA SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio, recibida por este Juzgado en fecha Once (11) de Junio del año Dos Mil Quince, presentada por la ciudadana AURA MARINA FIGUEROA PEROZO, antes identificado, asistida por la Abogada JINNETTE VASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº. 186.798, alegando ser la única propietaria de dichas bienhechurias. La misma fue admitida en fecha diecinueve (19) de Junio de 2.015 y se fijó el 3er dia de Despacho siguiente al de hoy en horas comprendidas de 09:00 A.M a 12:00 M., para oír las declaraciones de los testigos que presente la parte interesada. Consta a los folios 06 fte y vto, se oyó las declaraciones de los testigos. Consta al folio (07) la Abogada Jinnette Vásquez, inscrita en el I.P.S.A, bajo el nº 186.798, solicita copias certificadas. Consta al folio (08), se ordena la expedición de las copias solicitadas. Consta al folio 09 y 10, la ciudadana Belicar Lourdes Rojas, anteriormente identificada, asistida por la Abogada Rosanna Indave, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 126.120, presenta escrito de oposición, constante de dos folios útiles y sus anexos.
Este Tribunal para decidir observa:
Por cuanto del estudio de la solicitud planteada se deduce que la presente solicitud de Titulo Supletorio, es de naturaleza Contenciosa, por haber oposición de la ciudadana BELICAR LOURDES ROJAS, anteriormente identificada, cursante a los folios 09 al 10, conforme a lo establecido en el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal sobresee la presente causa quedando abierta la posibilidad de que los interesados propongan las demandas que considere pertinente.
Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SOBRESEÍDA la solicitud de Titulo Supletorio, realizada por la ciudadana AURA MARINA FIGUEROA PEROZO, antes identificada. Se ordena el archivo del presente asunto. Expídase copia certificada por Secretaría y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Siete (07) días del mes de Julio de 2015. Años: 205º y 156º.

El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ROMÁN ZAMBRANO GÓMEZ.
La Secretaria Acc,

Abg. CARMEN J. ALVAREZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 32/2015, de la Sentencias Interlocutorias con fuerza definitiva, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 10:30 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Acc,

Abg. CARMEN J. ALVAREZ.