REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : KP02-S-2015-005823
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana MARIA CAROLINA PACHECO SANTELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.084.936, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio MERLY PINTO DURAN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 56.102, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante MARIA CAROLINA PACHECO SANTELIZ, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno del Municipio, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana MARIA CAROLINA PACHECO SANTELIZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

LA JUEZ



ABG. JOHANNA MENDOZA TORRES.
LA SECRETARIA

ABG. LILIANA SANTELIZ