REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP02-S-2014-010083
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana SEGUERI MELENDEZ NARYELIS CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.466.573, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio SANDRO BLADIMIR SUAREZ ESCALONA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 173.586 evacuados los testigos, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante ciudadana SEGUERI MELENDEZ NARYELIS CAROLINA, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificados en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana SEGUERI MELENDEZ NARYELIS CAROLINA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
LA JUEZ
ABG. JOHANNA MENDOZA TORRES
El Secretario Accidental
Abg. Israel Peña
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria
dp
|