REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Jueces Itinerantes del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer
Barquisimeto, 17 de julio de 2015
204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2010-002235

Vista la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía 20° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 (HOY 300) numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la fecha de la solicitud, procede este juzgador a decidirla en los siguientes términos:

La presente averiguación se inició en fecha 09 de JUNIO de 2010 en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana ADOLESCENTE (CUYA IDENTIDAD SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión de uno de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en la cual expuso: “...uno de mis compañeros de estudio se ha dado a la tarea de perturbarme constantemente diciéndome que yo soy lesbiana y no solo me dice a mi sino que se lo dice a mis otros compañeros al punto de que ellos me ven de manera rara, como si ese fuese verdadme discriminan porque donde yo estoy no quieren estar, me señalan como novia de una de mis compañeras que es mi pana y somos muy buenas amigas…”

Evidencia este Tribunal que no existen suficientes elementos que permiten encuadrar el hecho investigado dentro del tipo penal de actas; a los fines de determinarse la materialidad del delito y la responsabilidad en la ejecución del mismo, existiendo por el transcurso fatal del tiempo la imposibilidad racional de incorporar nuevos datos a la investigación y continuarla, obteniendo resultados certeros, y que permitan el enjuiciamiento del ciudadano FRANKLIN JOSE ORTIZ PERAZA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD (...), razón por la cual lo Procedente y ajustado a Derecho es proveer favorablemente la Solicitud Fiscal y ordenar el SOBRESEIMIENTO de la Causa por el ordinal 4º (no conforme al ordinal 1° como fuera solicitado por la Fiscalía del Ministerio Público) del Artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgador Itinerante Segundo de Primera Instancia de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Conforme a lo dispuesto en el ordinal 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: FRANKLIN JOSE ORTIZ PERAZA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD (...), por los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE (CUYA IDENTIDAD SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA), en consecuencia se ordena el cese la condición de imputado y cualquier medida cautelar que haya sido impuesta al mismo en razón de la presente causa penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.-
EL JUEZ ITINERANTE SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS

ABG. MIGUEL ANGEL SANCHEZ GONZALEZ


SECRETARIO (A)