REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2014-000709

PARTE ACTORA: DIARENNI ALEJANDRA MENDOZA, JORGE ROBINSON HERNANDEZ, DAYRILIS RODRIGUEZ, ISIDRO GIMENEZ, JEISON GONZALEZ, YORKIS YANEZ, DANNY RODRIGUEZ Y RAFAEL OLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.644.395, 12.701.125, 14.732.369, 9.628.435, 15.004.739, 17.140.165, 17.378.785, 11.785.655 respectivamente.

ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE: LIGIA PIÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.309.

PARTE DEMANDADA: OSTER DE VENEZUELA C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: LORENA RIVAS, Inpreabogado Nro. 90.290.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 26 de febrero de 2015 siendo las 10:30 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil LEONARDO DUDAMEL, solo compareció la apoderada judicial de la parte demandada, ANDREINA VELASQUEZ mas no así la parte actora, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria
Abg. Rosalux Galíndez

La parte demandada

El alguacil
El Alguacil