REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales
de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.

Ciudad Bolívar, 08 de enero de 2015.
204º y 155º
ASUNTO: FP02-U-2012-000006
Vista la apelación de fecha 16 de julio de 2014, presentada por los Abogados Raiza González, Jaime Cardozo y Nellys Cabrera, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 24.685, 25.186 y 124.955, respectivamente, en representación judicial de la República, en sustitución del ciudadano Procurador General de la República de Bolivariana de Venezuela, por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contra la Sentencia Definitiva Nº PJ0662014000147 dictada por este Tribunal en fecha 17 de septiembre de 2014, mediante la cual se declaró Parcialmente Con Lugar el presente recurso contencioso tributario incoado por la empresa DISTRIBUIDORA REGIONAL DEL SOL, C.A. (DREDELSOLCA), contra las Resoluciones de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios contenidas en las Planillas de Liquidación Nº 2012082001230000075, 2012082001230000076, 2012082001230000077, 2012082001230000078, 2012082001230000079, 2012082001230000080, 2012082001230000081, 2012082001230000082, 2012082001230000083, 2012082001230000084, 2012082001230000085, 2012082001230000086, 2012082001230000087, 2012082001230000088, 2012082001230000089, 2012082001230000090, 2012082001230000091, 2012082001230000092, 2012082001230000093, 2012082001230000094, 2012082001230000095, 2012082001230000096, 2012082001230000097, 2012082001230000098, 2012082001230000099, 2012082001230000100, 2012082001230000101, 2012082001230000102, 2012082001230000104, 2012082001230000105, 2012082001230000106, 2012082001230000107 y 2012082001230000108, emanadas de la División de Contribuyentes Especiales adscrita a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En virtud de estar todas las partes a derecho y de haber transcurrido íntegramente el lapso de los ocho (08) días, correspondiente a la apelación, este Juzgado oye en ambos efectos la apelación interpuesta por los Abogados supra señalados, de conformidad con el artículo 294 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena remitir el original del presente expediente a la Sala Político-Administrativa de conformidad con los artículos 277 y 278 del Código Orgánico Tributario. Líbrese oficio correspondiente.

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA



ABG. YELITZA C. VALERO R. LA SECRETARIA



ABG. MAIRA A. LEZAMA R.
YCVR/Malr/fdcvs.-