ASUNTO: FP02-V-2015-000367
RESOLUCION Nº PJ0842015000154

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

PARTE DEMANDANTE: Ciudadano: JORGE ARMANDO INFANTE GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 15.469.420.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE:
Ciudadana: LISBETH ROLLAND MANRIQUE, abogada en ejercicio de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 87.333.
PARTE DEMANDADA:


Ciudadana: EGLIS BETZABETH PEREZ SUCRE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 15.469.729.

MOTIVO: DIVORCIO.

Por cuanto, el caso bajo estudio, se observa que en el día de hoy 09 de Diciembre de 2015, la parte demandante JORGE ARMANDO INFANTE GUTIERREZ, no compareció personalmente sin causa justificada a la audiencia de juicio fijada por este Tribunal para las nueve de la mañana (09:00 a.m.), este Tribunal de juicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley considera Desistido el procedimiento y declara terminado el proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Se ordena la devolución de los originales previa certificación de auto por secretaria.

EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO


ABG. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
EL SECRETARIO DE SALA


ABG. HECTOR GREGORIO MARTINEZ JAIME