REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de agosto de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO : KP02-F-2014-001165
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, el Tribunal observa que en fecha 31/07/2015 correspondía para celebrar el primer ACTO CONCILIATORIO, en el presente juicio de DIVORCIO, seguido por la ciudadana LITZEN MERCEDES ACOSTA VARELA DE CARRILLO contra el ciudadano JOSE GUILLERMO CARRILLO TRUJILLO, y por cuanto no compareció la parte actora, al acto previsto para este día, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento, se da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Déjese copia.-
La Juez Temporal
Marlyn Emilia Rodrigues Pérez
La Secretaria Acc.
Rafaela Milagro Barreto
Seguidamente se dejó copia de la sentencia No 302 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el No 65.-
La Sec. Acc.-
MERP/Yelitza
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