REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones De Ejecución Del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos De Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 31 de agosto de 2015
205º y 156 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-P-2015-000197
ASUNTO : FP21-P-2015-000197

RESOLUCION NRO: PJ0032015000120
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: SERGIO HENDER RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.136.483, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 07/05/1981, natural de Anzoátegui, profesión u oficio: minero, hijo del ciudadano: Freddy Rodríguez y de la ciudadana: Brígida de Rodríguez, residenciado en el sector divino niño, Tumeremo - Estado Bolívar.

DELITO: Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 10/07/2014, por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Del Municipio El Callao y Roscio Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, en Función de Control, Audiencias y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Del Estado Bolívar, Extensión Tumeremo, en la investigación penal Nº 07-F5-2C-00847-2014, con relación a el delito ante señalado de: Violencia Física agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano: SERGIO HENDER RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.136.483, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 07/05/1981, natural de Anzoátegui, profesión u oficio: minero, hijo del ciudadano: Freddy Rodríguez y de la ciudadana: Brígida de Rodríguez, residenciado en el sector divino niño, Tumeremo - Estado Bolívar.

Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO

ABG. YARLENY SALAZAR G.


LA SECRETARIA

ABG. SILVIA QUEZADA