REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de abril de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : KP02-S-2015-002507
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana GISELA COROMOTO MONTES AMARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.407.939, de este domicilio, asistida por la abogado en ejercicio CARMEN JOSEFINA ESCALONA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 153.289 evacuados los testigos, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante ciudadana GISELA COROMOTO MONTES AMARO, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificados en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno del Municipio, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana GISELA COROMOTO MONTES AMARO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ,




ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA

LA SECRETARIA

ABG. LILIANA SANTELIZ
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria