PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de abril de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: KP02-S-2015-002261
Vista la anterior solicitud por motivo de ENTREGA DE VEHÍCULO interpuesta por la ciudadana ANTONINA DE MATTEIS DE SALLUSTI, venezolana , mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.851.884 asistida por el abogado ARMANDO GOYO MEDINA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 27.110, en contra de la ciudadana MARIA MERCEDES RAMIREZ DE SALLUSTI, venezolana , mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.600.525, y de este domicilio, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, la declara INADMISIBLE por cuanto los presupuestos explanados no corresponden con lo establecido en el Artículo 929 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los trece días del mes de Abril de Dos mil quince. Años: 204º de la independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,



ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA

LA SECRETARIA

ABG. LILIANA SANTELIZ
Seguidamente se publicó siendo las 02:08 p.m.

La Secretaria