REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 23 de Septiembre de 2014

204º y 155º

RESOLUCION Nº: PJ0252014000250
ASUNTO: FP02-V-2014-000568

Vista la diligencia de fecha 18-09-2014, mediante la cual el abogado en ejercicio RACHID RICARDO HASSANI EL SOUKI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.713, en su carácter de acreditado de autos, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO en la causa por Resolución de Contrato, contra los ciudadanos Leonel Jose Basanta Requena y Marlene Rosalía Cruz Tovar, este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Se deja sin efecto la Medida Preventiva de Secuestro decretada sobre el bien mueble objeto de la pretensión en fecha 06 de junio de 2014, mediante Resolución N°: PJ0252014000183. Igualmente se acuerda la devolución de los documentos originales acompañados al libelo de la demanda previa certificación en autos.

Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal. Termínese el presente asunto y ordénese el archivo definitivo del expediente mediante auto de egreso.-

El Juez,

Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temp.,

Abg. Ana Luisa Mares P.



P/p EJJPR