REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-V-2010-002652
Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 01-07-2010, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA instaurada por los abogados NELSON S. RODRIGUEZ y GEORGINA CAROLINA RODRIGUEZ VALERA, inscritos en el IPSA bajo los N° 133.205 y 143.851, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JHONNY ENRIQUE PINEDA MARIN y YEPSY YAMILETH ALVAREZ DE PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.399.692 y V-13.408.167 respectivamente; contra el ciudadano CARLOS ANTONIO PERAZA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.024.072. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 04-05-2011, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
El Juez,



Abg. Luís Fernando Martínez Arocha

La Secretaria temporal

Abg. Liliana Santeliz
Se remite constante de cuarenta y dos (42) folios útiles.

La secretaria Temporal