El acto administrativo de efectos particulares cuya nulidad se solicita, está contenido en la certificación de discapacidad parcial permanente Nº 167-13 de fecha 03 de julio del 2013, dictada por la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales

Mediante la cual se expone textualmente lo siguiente:

…omissis

CERTIFICO que en el accidente de trabajo que provoco traumatismo ocular derecho con herida corneal con prolapso uveal que amerito cirugía, Hifema del ojo derecho con cataratas postraumáticas, disminución de agudeza visual del ojo derecho, pérdida de la visión del hemicampo nasal por ojo derecho y desprendimiento de retina parcial del ojo derecho, con pérdida de la agudeza visual del ojo derecho 20/200, le ocasionaba al trabajador una discapacidad parcial permanente, tal como se establece en el artículo 78 y 80 de la LOCYMAT, en el ojo derecho hasta el 03-07-11, día en el cual fallece el trabajador por causa no imputable al accidente de trabajo …”-