En la fecha de hoy, Martes 07 de Octubre de 2.014, siendo las 11:30 horas, día fijado por este Tribunal Militar, en ejercicio de las funciones de Tribunal de Control, para que tenga lugar audiencia oral con motivo del incumplimiento injustificado del lapso de régimen de prueba otorgado en fecha 14ENE14, con ocasión de acto de audiencia preliminar celebrada en contra del ciudadano EX-MARINERO GEOVANNY JOSUÉ GONZÁLEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.099.356, quien fuera plaza Marinero de la Estación Principal de Guardacostas, Punto Fijo, estado Falcón, residenciado en: Barrio San Juna pablo II, manzana H 02, casa N° 04, Municipio Barinas, estado Barinas, Teléfonos: 0424-5675294 (Personal); 0426- 4266002 (Mama Silvia Herrera); 0273-2238005 (Abuela Maura González); El Juez Militar verificó la presencia de las partes en la sala de audiencia, por conducto del Secretario del Tribunal, estando presentes la Teniente de Navío ADDIOMARY GONZÁLEZ LUCENA, Fiscal Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, a la Alférez De Navío JUDITH REYES FERRER , Defensora Publica Militar de Procesados Militares de Punto Fijo, y el acusado EX-MARINERO GEOVANNY JOSUÉ GONZÁLEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.099.356, En este sentido el Juez Militar declaró abierta la presente audiencia informando a las partes el motivo de las mismas.- Seguidamente el Juez Militar le otorgo el derecho de palabra al TENIENTE DE FRAGATA CHRRISSTIAN MANZANAREZ MANZANARES defensor Publico Militar, quien expuso: “en virtud de lo que me ha manifestado mi patrocinado en la presente audiencia, en la cual se refirió a que no cumplió con lo ordenado por este tribunal, motivado a que tuvo novedades de carácter laboral y familiar, cosa que impidió presentarse oportunamente en la fecha fijada por este tribunal en el Cuerpo de Bomberos de Barinas, es así como mi defendido cuando acudió al Cuerpo de bomberos antes mencionado dos meses después no lo quisieron aceptar por decirle que el oficio estaba extemporáneo ó que se había pasado la fecha, hecho por el cual mi defendido no cumplió ni le manifestó a su defensor esta novedad. Es por lo que solicito muy respetuosamente ha este tribunal le sea concedido una Ampliación de Régimen de Prueba conforme a lo establecido al artículo 47 numeral 2° del COPP, asimismo ciudadano juez que toma en consideración que mi defendido esta prestando servicio en el 931, Batallón de Infantería Mecanizada General en Jefe “SANTIAGO MARIÑO”, desde el 17 de Septiembre del año en curso, tal como se evidencia en la boleta de permiso que posee el mencionado ciudadano. solicito la ampliación del régimen de prueba, ya que mi representado no pudo cumplir en su oportunidad con las presentaciones ordenadas por este tribunal, motivado a razones familiares no le permitió cumplir con lo impuesto por este órgano jurisdiccional, es todo ciudadano Juez”• Seguidamente el Juez Militar ordeno imponer al acusado del precepto constitucional contenido en el ordinal 5to, del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y le manifestó: ciudadano EX-MARINERO GEOVANNY JOSUÉ GONZÁLEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.099.356, estoy dispuesto a cumplir con todo lo ordenado por el Tribunal. Seguidamente se concede el derecho de palabra a la Teniente de Navío Addiomary González Lucena, Fiscal Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, quien expuso: “El Ministerio Publico, está de acuerdo con la ampliación del régimen de prueba, para que acusado cumpla definitivamente con las obligaciones impuestas, en su oportunidad legal, es todo, ciudadano Juez".