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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo  de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
 ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR
 
 ASUNTO: KP02-L-2014-000740
 
 PARTE ACTORA: CARLOS YORNADO ROA C.I: V-22.194.315
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BETSABE LAMUS Y CARLOS MUJICA I.P.S.A Nrs. 192.750 Y 192.751 RESPECTIVAMENTE.
 PARTE DEMANDADA: INVERSIONES S.E
 APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RICARDO ALBERTO ROJAS UZCATEGUI, I.P.S.A Nrs. 90.053
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 Hoy 25 de noviembre de 2014 siendo las 10:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, la parte actora no compareció por lo que  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que hizo acto de presencia el apoderado judicial de la demandada, abogado RICARDO ALBERTO ROJAS UZCATEGUI, I.P.S.A Nrs. 90.053. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
 
 LA JUEZ,
 
 Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
 
 
 LA SECRETARIA
 
 EL DEMANDADO,
 El Alguacil
 
 
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