REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, VEINTISÉIS (26) DE NOVIEMBRE DE 2014
204º Y 155º

ASUNTO: KP02-A-2011-000002

Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, pasa a pronunciarse sobre los Límites de la Controversia, en los siguientes términos:

El Tribunal, por auto razonado, hará la fijación de los hechos y de los límites dentro de los cuales quedo trabada la relación sustancial controvertida, fijando un lapso dentro del cual se deberán evacuar las pruebas que por su complejidad o naturaleza no puedan evacuarse en la audiencia probatoria; todo esto sin perjuicio de que las partes no hubiesen concurrido a la audiencia preliminar... (Cursiva y subrayado del Tribunal).

HECHOS CONTROVERTIDOS

1. Que la ciudadana CARMEN EDILIA SIVIRA OROPEZA, se haya negado a reconocer a los ciudadanos DELIA ROSA MACHIN CASTILLO, ADELMO MACHIN CASTILLO y OLIVIA MACHIN DE GONZALEZ, los derechos del fundo.

2. Que los ciudadanos JUAN MACHIN SIVIRA, MANUEL MACHIN, JOSEFA ANTONIA CASTILLO, JORGE MACHIN, JOSE MACHIN y JOSEFA MACHIN, no le hayan querido reconocer el derecho que la parte demandante tiene respecto a las bienhechurías que su padre en vida tuvo conjuntamente con su esposa legítima JOSEFA ANTONIA CASTILLO.

3. Que las bienhechurías fomentadas en el lote de terreno objeto de partición hayan sido fomentadas en al año 2008, sino durante los años 1995 a 1998.

4. Que la ciudadana CARMEN EDILIA SIVIRA es quien ha efectuado las inversiones en el lote de terreno objeto de partición, luego de la muerte del ciudadano MANUEL MACHIN PEREZ.

5. Que los ciudadanos DELIA ROSA MACHIN CASTILLO, ADELMO MACHIN CASTILLO y OLIVIA MACHIN DE GONZALEZ, no hayan obtenido los usufrutos proveniente de la finca.

6. Que el inmueble objeto de partición que se indica en la Solicitud de Titulo
Supletorio no coincide con relación a los linderos.

7. Que los ciudadanos DELIA ROSA MACHIN CASTILLO, ADELMO MACHIN CASTILLO y OLIVIA MACHIN DE GONZALEZ, parte demandante, no hayan podido tener acceso a la finca


HECHOS NO CONTROVERTIDOS


1. Que los ciudadanos JUAN MACHIN SIVIRA, MANUEL MACHIN, JOSEFA ANTONIA CASTILLO, JORGE MACHIN, JOSE MACHIN y JOSEFA MACHIN, sean herederos del ciudadano MANUEL MACHIN PÉREZ.

Quedan así, fijados los hechos y los limites dentro de los cuales queda trabada la Relación Sustancial Controvertida en la presente causa. De conformidad con el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se fija un lapso de cinco (5) días de despacho para promover pruebas sobre el mérito de la causa, que no hayan sido promovidas en las fases anteriores del procedimiento. Vencido éste y cumplido el auto de admisión de las mismas, se fijará un lapso de evacuación que no podrá exceder de Treinta días (30) días de despacho.-

El Juez, La Secretaria Accidental,
(FDO) (FDO)
Abg. Alonso E. Barrios A. Abg. María C. González R.


AEBA/MCG.-