REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 25 de NOVIEMBRE del 2014
Años 204º y 155º
ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDA
ASUNTO N° KP02-L-2014-763
PARTE ACTORA: KATHERLIN KERLIN FLORES SUAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 21.504.918
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: ALBERTO TORRES QUINTERO, JESUS SANTORI Y BLANCA BARRIOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 70.219, 158.734 y 92.364
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil PELUQUERIA UNISEX EL SANCH C.A. (SANDRO PELUQUERIA)
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: NEPTALI GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.155 Y LOMBARDO CASTILLO, inscrito en el IPSA bajo el N° 11.249
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 25 de noviembre del 2014 siendo las 9:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el alguacil HECTOR LUCENA paso anunciar la misma, mediante tres (3) llamados; NO COMPARECIENDO la parte actora ciudadanos KATHERLIN KERLIN FLORES SUAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 21.504.918 ni por si ni por medio de representante legal alguno. Se deja constancia de la presencia del abogado de la parte demandada LOMBARDO CASTILLO, inscrito en el IPSA bajo el N° 11.249. Por lo que en este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando DESISTIDO el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que la parte actora, deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Se termino y Conformes firman
LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
EL DEMANDADO,
EL ALGUACIL
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS DANIEL MORO
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