REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA
Caracas, 13 de noviembre de 2014
204º Y 155º



Por cuanto la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 13 de octubre de 2014, me designó como Jueza Provisoria de esta instancia judicial, me aboco al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien este Juzgado acuerda notificar mediante boleta, del abocamiento a quien suscribe, a la ciudadana OLGA BEATRIZ SILVA, representada por la Defensoría Pública Agraria del Estado Bolivariano de Miranda, contra la SUCESIÓN CATALA, representado por ADOLFO CATALA RODRIGUEZ, en la persona del ciudadano LEOPOLDO JOSÉ CATALA FIGUEROA.

En consecuencia, transcurrido y vencido como sea el lapso de tres (3) días, previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, la causa continuará su curso de Ley. Cúmplase.

LA JUEZ,


Dra. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA

EL SECRETARIO ACC,


GRECIA SALAZAR BRAVO













Exp. Nº 10-4086.-
YHF/gsb/et.-