PODER JUDICIAL


Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 26 de mayo de 2014
204º y 155º

DEMANDANTE: EDECIA ALTAGRACIA PERAZA DE GIMENEZ titular de la cédula de identidad N° V- 5.252.079.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: JESUS MARIA MENDOZA MELENDEZ inscrito en el IPSA bajo el N° 185.710.
DEMANDADO: PERAZA EMPERATRIZ DEL CARMEN titular de la cédula de identidad Nª v- 7.300.818
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ASUNTO: KP02-V-2013-004063
Visto el escrito de CONVENIMIENTO, presentado por la ciudadana PERAZA EMPERATRIZ DEL CARMEN debidamente asistida por la abogada HERMINIA YAMARA GOMEZ inscrita en el IPSA bajo el Nª 185.708, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Convenimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.
La Juez Temporal

Abg. Emma García
Secretaria
Abg. Ilse Gonzales



ECG/ig/cq.