REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
 
ASUNTO: KP02-V-2014-1094
 
DEMANDANTE: PABLO JOSE RODRIGUEZ GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.349.723.-
 
DEMANDADO: DAVID ELIGIO ESCORCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.402.529.
 
MOTIVO:   RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA  
 
    En fecha 14-05-2014, compareció el ciudadano DAVID ELIGIO ESCORCHA, arriba identificado, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIA ELENA RIVAS, inscrita en el I. P. S. A. bajo el N° 199.609, y reconoció  que la firma del documento original es su propia firma y el contenido de dicho documento de opción de compra-venta corresponden a su voluntad libre de todo tipo de presión o vicio de la voluntad. este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del Código Civil, declara Reconocido única y exclusivamente en su contenido y firma el documento privado que riela al  folio dos (02) fte del presente expediente.-
 
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
 
 Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014). Años: 204° y 155°.
 
           La Jueza Temporal
 
 
 
          Abg. Emma García
 
	                                                      La Secretaria,
 
                         Abg. Ilse Gonzales
 
  Publicada en su fecha: 16/05/2014, a las: 09:59 a.m.								 	La Sec.
 
	
 
EG/ig/paa.-
 
 
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