REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto

Barquisimeto, trece (13) de Mayo de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
ASUNTO: KP02-V-2014-000919
DEMANDANTE: ELVIS ALEXANDER VALERA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.635.991.
DEMANDADO: JACQUELINE DEL VALLE PARRA LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.950.572.
BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente, de cuatro (04) años de edad.
Motivo: REGIMEN DE CONVIENCIA FAMILIAR, Desistido de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De los hechos
En fecha ocho (08) de Mayo de 2014, siendo las tres y media de la tarde (03:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Mediación, fijada en auto de fecha veintinueve (29) de Abril de 2014, entre los ciudadanos ELVIS ALEXANDER VALERA BUSTAMANTE y JACQUELINE DEL VALLE PARRA LEON, ya identificados, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se dejó expresa constancia que no compareció ninguna de las partes personalmente en el acto, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de ambas partes a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el artículo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de obligación de manutención incoada por el ciudadano ELVIS ALEXANDER VALERA BUSTAMANTE contra la ciudadanas JACQUELINE DEL VALLE PARRA LEON, quedando extinguida la Instancia, pudiendo el demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto, Viernes, trece (13) de Mayo de Dos Mil Catorce. (2014) Años 204º y 155º.
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN,

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES.
La Secretaria,

Abg. Diana Ballesteros.

En la misma fecha se público y se registro quedando anotada bajo el Nº 1293-2014, siendo las 10:52 a.m.
La Secretaria,

Abg. Diana Ballestero.

KP02-V-2013-003396
07/03/2014
2/2
IVBT/CB/msa.-