En la fecha de hoy, Martes 20 de Mayo de 2.014, siendo las 10:00 horas, visto la presentación voluntaria del acusado AMILCAR ANTONIO BRACHO RODRIGUEZ, este Tribunal Militar, en ejercicio de las funciones de Tribunal de Control, convoco a las partes para que tenga lugar audiencia oral con motivo del incumplimiento injustificado del lapso de régimen de prueba otorgado en fecha 25JUN13, con ocasión de acto de audiencia preliminar celebrada en contra del ciudadano AMILCAR ANTONIO BRACHO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.666.228, quien fuera plaza del Batallón de Infantería de Marina “GLSMO. Francisco de Miranda”; hijo de Ana de Bracho y Noel Bracho, de profesión Bombero, residenciado en: Calle Juan 23, Casa Nº 10-4, Las Tres “G” Sector Industrial, Punto Fijo, Estado Falcón, teléfonos: 0416-9671580 (Personal), 0269-2473180 (Casa), 0426-3653514 (Madre); El Juez Militar verificó la presencia de las partes en la sala de audiencia, por conducto del Secretario del Tribunal, estando presentes la Teniente de Navío ADDIOMARY GONZÁLEZ LUCENA, Fiscal Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, el Capitán LUIS MARCIALES GONZALEZ, Defensor Publico Militar de Procesados Militares de Punto Fijo, y el acusado AMILCAR ANTONIO BRACHO RODRIGUEZ, En este sentido el Juez Militar declaró abierta la presente audiencia informando a las partes el motivo de las mismas.- Seguidamente el Juez Militar le otorgo el derecho de palabra al Capitán LUIS MARCIALES GONZALEZ, quien expuso: “en virtud de lo que me ha manifestado mi patrocinado en la presente audiencia, que no pudo cumplir en su oportunidad con las medidas impuestas por este Tribunal, motivado al cese de sus funciones como vigilante en la planta de llenado de Gas Ali Primera, todas ves que en fecha 20AGO13, mi patrocinado me manifestó que había culminado el contrato con la empresa antes mencionada, motivo por el cual en fecha 24SEP13, fue hecho del conocimiento al Tribunal Militar mediante escrito Nº 067/13, en virtud a lo antes señalado se solicito la Revisión de Medidas impuestas por este Tribunal en fecha 25JUN13, sin que hasta la fecha se le haya dado una respuesta oportuna a dicha solicitud. Razones por la cual solicito la ampliación del régimen de prueba, es todo ciudadano Juez”• Seguidamente el Juez Militar ordeno imponer al acusado AMILCAR ANTONIO BRACHO RODRIGUEZ, del precepto constitucional contenido en el ordinal 5to, del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien manifestó: lo siguiente: Estoy dispuesto a cumplir con la medidas que considere el Tribunal. Seguidamente se concede el derecho de palabra a la Teniente de Navío ADDIOMARY GONZÁLEZ LUCENA, Fiscal Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo, quien expuso: “El Ministerio Publico, está de acuerdo con la ampliación del régimen de prueba, para que acusado cumpla definitivamente con las obligaciones impuestas, en su oportunidad legal, es todo, ciudadano Juez".
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