REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO : KP02-F-2013-000146
Los ciudadanos MARIA PAOLA MARIN SALON y JORGE ALEXANDER VEGAS ANGULO, venezolanos, mayores de edad, C.I. Nos. 19.827.478 y 18.160.937, respectivamente, presentaron escrito de SEPARACION DE CUERPOS, por mutuo consentimiento. Admitida la solicitud el 21 de Febrero del 2013, se declaró la Separación de Cuerpos por estar fundamentada en causa legal. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público el 12 de Marzo del año 2013. Concurren el 10 de Marzo del 2014, los ciudadanos MARIA PAOLA MARIN SALON y JORGE ALEXANDER VEGAS ANGULO solicitando la CONVERSIÓN EN DIVORCIO.---------------------------

UNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos, y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación, y previa solicitud de las partes, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la conversión en divorcio, en consecuencia declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los cónyuges, MARIA PAOLA MARIN SALON y JORGE ALEXANDER VEGAS ANGULO, ya identificados, por ante el Registro Civil del Municipio Iribarren del Estado Lara; en fecha 15 de marzo del 2012. De dicha unión matrimonial, no procrearon hijos. Ofíciese Registro Civil del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal correspondiente, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente al Acta de Matrimonio Nº 64, durante el año 2012, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que requiera la parte interesada. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los Diecinueve (19) días del mes de Marzo de dos mil Catorce (2.014). AÑOS: 203° y 155°.

EL JUEZ,


ABG. LUIS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA

LA SECRETARIA,

AUDREY LORENA PINTO


Seguidamente se publico siendo las: 10:09 AM
LFMA/fji
La Sec.