REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de marzo de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO : KN01-M-2001-000110

Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 13-07-2001, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, instaurada por el abogado HONORIO MELENDEZ inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro, 67354 endosatario del Ciudadano ANGEL LUJANO, contra la ciudadana AURA SIRA Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día 05-12-2001, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,




ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA,


AUDREY LORENA PINTO
Se remite constante de diez (10) folios útiles. Y cuaderno separado de medidas signado bajo el Nº KN01- X-2001-038 constante de veinticinco folios utiles (25).
La Sec.

/LFMA/ALP/ccm.