REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
Ciudad Guayana, 11 de marzo del año 2.014.
Años: 203º y 155º-.
EXPEDIENTE Nº 19.894
Estando dentro del plazo legalmente establecido para providenciar los escritos de pruebas presentados por las partes de este litigio el Tribunal procede a admitir las que sean legales y pertinentes.

Visto el escrito de prueba de fecha 14/02/2.014 presentado por el profesional del derecho WILLIAMS ROSAL VALLE inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 97.777, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente forma:

PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA:

• En relación a la prueba promovida en el CAPITULO I, pruebas documentales, observando que no son manifiestamente ilegales ni manifiestamente impertinentes, este Juzgado la admite, salvo su apreciación en la definitiva. Así se decide.-
LA JUEZ;


Abg. MARINA ORTÍZ MALAVÉ.


LA SECRETARIA;

ABG. GIOVANNA FERNANDEZ.




Mom/GF/*GM.
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