REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara- Carora
Carora, tres de junio de dos mil catorce
204º y 155º


ASUNTO: KP12-F-2014-000016
Demandante: Pedro Segundo Lameda Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.760.484.
Abogados Asistentes de la parte actora: Alberto José Castillo y María de las Nieves león Arroyo, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nºs 63.172 y 161.722 respectivamente.
Demandada: Vilma Josefina Suárez Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.763.444.
Sentencia: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva
Motivo: Homologación

Visto el escrito de DESISTIMIENTO presentado en fecha 27 de Mayo de 2.014, por el ciudadano Pedro Segundo Lameda Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.760.484, asistido por el abogado en ejercicio Alberto José Castillo, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 63.172, se acuerda por ser procedente. En consecuencia, éste Tribunal le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, bajo la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio, se acuerda la devolución de los originales insertos a los folios del cuatro (04) al siete (07) del presente asunto, previa consignación de los fotostatos respectivos y el archivo del Expediente para su guarda y custodia.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara- Carora, a los tres (03) días del mes de Junio del año dos mil catorce (2014).
La Jueza Provisoria,

Abg. Elizabeth Dávila
La Secretaria Accidental,

Abg. Yennipher Vivas.

En ésta misma fecha se registró bajo el Nº 51-2014, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Accidental,

Abg. Yennipher Vivas