JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Los Rastrojos, 06 de Junio del 2014.
Años: 203° y 155°.-

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Abogado LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual informa nueva dirección del demandado, siendo ésta en la ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, este Tribunal se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo del presente juicio en razón del territorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 641 del Código de Procedimiento Civil. Se DECLINA LA COMPETENCIA a un Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, a los fines de que continúe con el conocimiento de la presente causa. Désele salida y remítase con oficio, una vez que precluya el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez


Abog. ANTONIO J. ILLARRAMENDI M.
La Secretaria Temp.


Abog. Yenifer Carolina Escobar S.