INICIO.

En fecha 01/11/2013, fue introducido ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos Civil de Barquisimeto, contentivo de demanda y anexos por PREFERENCIA OFERTIVA, instaurada por la ciudadana: JOSEFINA FONG TONG, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.695.990, asistida por el ciudadano: LEODAN GUTIERREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 119.577, en contra de la SUCESION JUAN DE LA CRUZ GIMENEZ ANZOLA, representada por el ciudadano: JOSE FIDEL GIMENEZ VEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.734.768, correspondiéndole el conocimiento del Presente Asunto a este Tribunal, previa distribución que hiciera la U.R.D.D. CIVIL Barquisimeto, en fecha: 04/11/2013, y se da por recibido.-

En fecha: 11/11/2013, el Tribunal admitió la presente acción y ordenó el emplazamiento del ciudadano: JOSE FIDEL GIMENEZ VEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.734.768, a los fines de que comparezcan ante este Tribunal a dar contestación a la demanda.-

A los folios 34 al 40, cursa escrito de REFORMA del libelo de demanda, siendo admitida en fecha: 13/12/2013.-

Riela al folio 42, Poder Apud-Acta otorgado por la parte accionante, al abogado en ejercicio, ciudadano: LEODAN GUTIERREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 119.577.-

Al folio 43, cursa diligencia en donde la parte accionante, solicitó se comisione a un Tribunal de la Jurisdicción del Municipio Palavecino a fin de practicar la citación de la parte accionada, siendo acordado por este Tribunal por auto de fecha: 04/02/2014.-

Al folio 45, el apoderado accionante solicitó al Tribunal se le expida copia certificada del poder Apud-Acta otorgado a fin de consignarlo ante el Juzgado Segundo de Municipio Palavecino y Simón Planas, para proceder a dar impulso a la comisión enviada para la citación de la parte accionada, siendo acordado por este Tribunal en fecha: 24/02/2014, asimismo, se instó a consignar el fotostato correspondiente a los fines de expedir la copia certificada solicitada.-

Al folio 47, cursa diligencia en donde el Apoderado Accionante DESISTIÓ del procedimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 264 y 256 del Código de Procedimiento Civil.-

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

De la revisión del presente asunto, se constató que efectivamente en fecha: 04/06/2014, mediante diligencia, el Apoderado Actor, ciudadano: LEODAN GUTIERREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 119.577, DESISTIÓ de la presente demanda en contra de la SUCESION JUAN DE LA CRUZ GIMENEZ ANZOLA, representada por el ciudadano: JOSE FIDEL GIMENEZ VEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.734.768, de conformidad con lo establecido en los artículos 264 y 256 del Código de Procedimiento Civil.-