REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de junio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: KP02-M-2010-000347

Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 15-10-2010, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACIÓN instaurada por la abogada: YAJAIRA JOSEFINA PINTO FREITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.367.753, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 49.276; actuando en su carácter de Endosataria en Procuración de la Sociedad Mercantil ASESORES Y RECUPERADORES DEL CENTRO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 15-05-2003, bajo el Nº 45, tomo 15-A, con modificación según Acta de Asamblea de fecha 29-10-2004, bajo el Nº 29, tomo 44-A, en contra de la ciudadana: ARNELYS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.787.232, de este domicilio. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde la fecha 26-01-2011, toda vez que luego de esa fecha la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la Instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 ejusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,


ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA.
LA SECRETARIA,

AUDREY LORENA PINTO.
Se remite constante de catorce (14) folios útiles, y cuaderno separado en dieciséis (16) folios útiles.
La Secretaria.