REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de junio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: KP02-S-2014-001947
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano SIXTO ANTONIO ZERPA PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.256.235, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio NUN J ZERPA G, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 170.009, y evacuados los testigos, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante SIXTO ANTONIO ZERPA PEREIRA ya identificado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificados en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano SIXTO ANTONIO ZERPA PEREIRA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ,




ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA

LA SECRETARIA

AUDREY LORENA PINTO

En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria

dp